“First come, first served”. El registro de dominios es un proceso sencillo, pero debido al poco esfuerzo económico que requiere se ha llegado a una cada vez mayor escasez de di­re­c­cio­nes web concisas, a pesar de la am­plia­ción de los nombres di­s­po­ni­bles gracias a los nuevos dominios de primer nivel.

Si el dominio que te interesa ya está ad­ju­di­ca­do, puedes localizar a su pro­pie­ta­rio y hacerle una oferta para comprar su dominio.

Ahora puedes comprobar si el dominio no está di­s­po­ni­ble o si en cambio puedes re­gi­s­trar­lo:

Domain checker

Cómo comprar un dominio no di­s­po­ni­ble en 6 pasos

Comprar un dominio de segunda mano a menudo es la única manera de hacerse con un dominio codiciado. Te ofrecemos in­fo­r­ma­ción sobre cómo llevar a cabo la compra en 6 pasos.

Paso 1. Localizar al pro­pie­ta­rio del dominio

Para comprar un dominio que ya ha sido re­gi­s­tra­do, lo primero es dar con el pro­pie­ta­rio actual. Antes era posible lo­ca­li­zar­lo mediante los servicios Whois de registros de dominios Red.es, ICANN y NIC o la he­rra­mie­n­ta de consulta de IONOS. Sin embargo, desde que entrara en vigor el RGPD ya no es el caso para gran parte de los TLD europeos. De hecho, las he­rra­mie­n­tas de consulta solo ofrecen in­fo­r­ma­ción bastante básica.

Nota

Es posible consultar el dominio en la base de datos Whois del registro de nombres de dominio co­rre­s­po­n­die­n­te. Antes de que entrara en vigor el re­gla­me­n­to de pro­te­c­ción de datos se podía comprobar y averiguar, entre otros, los datos de contacto del pro­pie­ta­rio, así como los de la persona de contacto ad­mi­ni­s­tra­ti­vo Admin-C del dominio.

Sin la po­si­bi­li­dad de hacer una consulta real del dominio, solo hay dos opciones si el nombre de un dominio no está di­s­po­ni­ble.

Por una parte, puedes contactar al proveedor del dominio donde está re­gi­s­tra­da la dirección. No obstante, la pro­ba­bi­li­dad de que este te dé in­fo­r­ma­ción sobre el pro­pie­ta­rio es ínfima. Debido al RGPD, solo la co­m­pa­r­ti­rá en casos muy aislados.

Si otra persona te ha arre­ba­ta­do el dominio que querías y quieres saber quién es, la otra opción es consultar el Aviso legal. Es obli­ga­to­rio para cualquier proyecto online con fines co­me­r­cia­les y debe contener in­fo­r­ma­ción sobre el pro­pie­ta­rio de la web, tanto si es una persona física como si se trata de una empresa. Además del nombre, el aviso legal debe contener obli­ga­to­ria­me­n­te los datos de contacto, como el email o el número de teléfono.

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Paso 2. Calcular el pre­su­pue­s­to y el valor del dominio

Antes de es­ta­ble­cer contacto con el titular, primero debes fijar un pre­su­pue­s­to y de­te­r­mi­nar el valor del dominio. También es im­po­r­ta­n­te saber cuál es el modelo de negocio que el pro­pie­ta­rio del dominio ha es­ta­ble­ci­do con la página web y cuál es su re­n­ta­bi­li­dad. Si es el dominio de una tienda online con una gran afluencia de vi­si­ta­n­tes, la compra del dominio será más costosa que si se trata de dominios aparcados, que solo generan ingresos pu­bli­ci­ta­rios.

Evalúa el potencial y la utilidad que la página web tiene en el mercado e infórmate sobre su estado SEO. ¿Es efectivo el uso de palabras clave en el dominio para el ranking en el buscador? ¿Hay un perfil de enlaces externos di­s­po­ni­ble? ¿Cuál es la calidad de los enlaces pro­ve­nie­n­tes de otras páginas web? Algunas he­rra­mie­n­tas SEO como SISTRIX, Sea­r­ch­me­tri­cs o Ahrefs pueden ser de gran utilidad para estudiar la im­po­r­ta­n­cia de un dominio para el buscador.

Parte 3. Mostrar la intención de compra

Si, a partir de esta búsqueda, te decides por comprar el dominio deseado, contacta con la persona de re­fe­re­n­cia y actúa de manera pro­fe­sio­nal. Si envías un correo ele­c­tró­ni­co a la dirección general de una web corres el peligro de que te ignoren o de acabar en la carpeta de correo no deseado. Por ello, es co­n­ve­nie­n­te apro­ve­char todas las opciones de búsqueda para localizar a los gerentes o in­ve­r­so­res y presentar tu propuesta di­re­c­ta­me­n­te a las personas en­ca­r­ga­das de tomar de­ci­sio­nes. Asimismo, no olvides que no se re­co­mie­n­da hacer la oferta en la primera toma de contacto. Ma­ni­fie­s­ta tu interés por el dominio y averigua cuál puede ser el posible precio de compra.

Parte 4. Negociar el precio

La ne­go­cia­ción del precio es un tema delicado, también en la compra y venta de dominios. Es im­po­r­ta­n­te asegurar un margen de ne­go­cia­ción en el que la primera puja se sitúe por debajo de las po­si­bi­li­da­des propias, pero sin perder de vista el valor del dominio. En este sentido, pre­via­me­n­te hay que realizar una búsqueda. Si tu puja es muy baja puede que no sea del agrado de la otra parte. Por el contrario, si la oferta es muy alta, puede que pagues más dinero del necesario por el dominio. Ten en cuenta que, además de la cuantía del traspaso para el cambio de titular, también tendrás que hacer frente a los gastos re­la­cio­na­dos con el dominio a partir de ese momento. El precio de compra de un dominio ya re­gi­s­tra­do no está sujeto a re­s­tri­c­cio­nes, de manera que el cambio de titular de co­m­bi­na­cio­nes populares de nombres de dominio y de dominios de nivel superior puede efe­c­tuar­se mediante el pago de unos cientos de euros.

Parte 5. Efectuar la compra del dominio

Si has co­n­se­gui­do acordar una cuantía de traspaso realista, ahora solo queda plasmar por escrito los detalles del traspaso del dominio. Aquí no solo debe es­pe­ci­fi­car­se la cantidad estimada para el traspaso, sino también el nombre exacto del dominio. Para ello se re­co­mie­n­da es­ta­ble­cer el plazo y la manera en que se abonará el precio de compra y las ci­r­cu­n­s­ta­n­cias bajo las que se co­m­ple­ta­rá la tra­n­s­mi­sión.

De modo al­te­r­na­ti­vo, la compra puede llevarse a cabo por un tercero. Este es un servicio que ofrecen numerosas pla­ta­fo­r­mas de ne­go­cia­ción de dominios en Internet. Puedes obtener más in­fo­r­ma­ción en la página del organismo regulador del dominio .es, de­pe­n­die­n­te del Mi­ni­s­te­rio de Industria.

Parte 6. Tra­n­s­fe­rir el dominio

El último paso de la ad­qui­si­ción del dominio consiste en hacer el cambio oficial de titular en el órgano re­gi­s­tra­dor co­rre­s­po­n­die­n­te. En ese proceso, el titular actual cederá sus derechos de usuario al nuevo titular. Esto se lleva a cabo mediante la solicitud de tra­n­s­mi­sión del antiguo titular en el órgano dedicado a tal efecto o por mediación del Agente Re­gi­s­tra­dor co­rre­s­po­n­die­n­te. Se puede hablar en este caso de tra­n­s­fe­re­n­cia de dominios. En el ESNIC español en­cue­n­tras in­fo­r­ma­ción detallada sobre la tra­n­s­fe­re­n­cia de dominios .es.

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