El 1 de enero de 2019 entró en vigor en Alemania una nueva ley relativa a la gestión de embalajes y envases (en alemán, VerpackG) que se aplicará sobre fa­bri­ca­n­tes o ex­po­r­ta­do­res que negocien en te­rri­to­rio alemán y cuyos productos estén de­s­ti­na­dos al co­n­su­mi­dor final (B2C) e incluyan algún tipo de embalaje o envase. Es decir, que el domicilio fiscal de la empresa se encuentre o no en el país germánico no es una condición a co­n­si­de­rar para el cu­m­pli­me­n­to de la ley. Pero ¿en qué consiste exac­ta­me­n­te esta nueva normativa y qué hay que tener en cuenta como empresa ex­po­r­ta­do­ra para cumplir la nueva ley?

¿Cuál es el objetivo de la nueva Normativa alemana para envases y embalajes?

Hasta el 31 de diciembre de 2018, las empresas que co­me­r­cia­ban en el mercado alemán se guiaban por la normativa de envases conocida como VerpackV, cuya entrada en vigor se remontaba al año 1991. En esta, se tra­n­s­fe­ría la re­s­po­n­sa­bi­li­dad sobre la eli­mi­na­ción de de­te­r­mi­na­dos ma­te­ria­les desde la ad­mi­ni­s­tra­ción local a la comunidad em­pre­sa­rial. Con ello se perseguía que los pro­vee­do­res y di­s­tri­bui­do­res de ma­te­ria­les de embalaje o envasado pa­r­ti­ci­pa­ran en los costes de eli­mi­na­ción. Para cumplir con este objetivo, se creó el Sistema Dual de gestión de residuos que garantiza la recogida de los di­fe­re­n­tes envases y embalajes para su reciclado o re­uti­li­za­ción.

No obstante, el 1 de enero de 2019 empezó a aplicarse una nueva Normativa sobre gestión de envases y embalajes. Con ella, la autoridad le­gi­s­la­ti­va no solo pretende que las empresas pa­r­ti­ci­pen en los costes me­dioa­m­bie­n­ta­les, sino sobre todo que reduzcan en la medida de lo posible los residuos de envases. Además, pretende seguir fo­me­n­ta­n­do el reciclado y la re­uti­li­za­ción. En pa­r­ti­cu­lar, se pretende disminuir si­g­ni­fi­ca­ti­va­me­n­te los envases de un solo uso para bebidas.

Antes de la entrada en vigor de la nueva normativa, muchos di­s­tri­bui­do­res eludían re­pe­ti­da­me­n­te sus re­s­po­n­sa­bi­li­da­des, no co­n­tri­bu­ye­n­do a los costes de eli­mi­na­ción. No obstante, la nueva normativa no pasa por alto este hecho. Por eso, con la nueva Ley se persigue conseguir una mayor equidad y tra­n­s­pa­re­n­cia.

Hecho

La Normativa alemana sobre gestión de envases y embalajes es también una respuesta a las di­re­c­ti­vas de la UE en esta materia.

¿Qué cambios introduce la nueva Ley?

Al igual que la normativa anterior, la nueva Ley de envases también se aplica a todos los envases que el cliente elimina como residuos. Estos se separan en el co­n­te­ne­dor amarillo para plásticos, el co­n­te­ne­dor de residuos de vidrio y el co­n­te­ne­dor de papel. De acuerdo con la antigua ordenanza, eran los fa­bri­ca­n­tes de tales envases y los co­n­si­de­ra­dos primeros di­s­tri­bui­do­res del producto los en­ca­r­ga­dos de co­n­tri­buir desde un punto de vista fi­na­n­cie­ro en la eli­mi­na­ción de estos ma­te­ria­les. Sin embargo, no todos han procedido tal como lo es­ti­pu­la­ba la ley. Con el fin de evitar que de­te­r­mi­na­dos di­s­tri­bui­do­res o fa­bri­ca­n­tes no pa­r­ti­ci­pa­ran en la eli­mi­na­ción de residuos, uno de los pri­n­ci­pa­les cambios de la nueva ley es la obli­ga­ción de re­gi­s­trar­se antes de poner en el mercado productos que incluyan ma­te­ria­les de embalaje o envase.

En la web de la fundación alemana Stiftung Zentrale Stelle Ve­r­pa­c­ku­n­g­s­re­gi­s­ter (ZSVR), las empresas pueden in­s­cri­bi­r­se en el registro LUCID, di­s­po­ni­ble también en inglés, donde han de indicar qué envases van a co­me­r­cia­li­zar. Una vez re­gi­s­tra­dos, reciben un número con el que pa­r­ti­ci­par en el Sistema Dual, sin el cual no es posible hacer circular ma­te­ria­les de embalaje en te­rri­to­rio alemán.

Nota

El registro en LUCID no su­b­s­ti­tu­ye al contrato con un sistema de eli­mi­na­ción de residuos, del cual deben ocuparse los fa­bri­ca­n­tes.

En LUCID ha de indicarse la in­fo­r­ma­ción relativa al fa­bri­ca­n­te o co­me­r­cia­n­te, la empresa y los productos, junto a los ma­te­ria­les usados para su embalaje o envasado. Con el objetivo de aportar una mayor tra­n­s­pa­re­n­cia, el registro (que como antes se ha indicado se denomina LUCID, que significa tra­n­s­pa­re­n­cia en inglés) es público, es decir, los clientes pueden también acceder a él si lo desean.

En el pasado, para poder de­te­r­mi­nar el reparto de costes, los fa­bri­ca­n­tes y los di­s­tri­bui­do­res tenían que indicar cuántos y qué envases habían co­me­r­cia­li­za­do. Según la nueva normativa esta in­fo­r­ma­ción no solo debe ponerse a di­s­po­si­ción del sistema de gestión de residuos, sino que también debe co­mu­ni­car­se a la ZSVR.

La ZSVR es también re­s­po­n­sa­ble de publicar in­fo­r­ma­ción sobre los ma­te­ria­les que deben ser re­gi­s­tra­dos de acuerdo con la nueva Ley. Sin embargo, aunque dispone de in­fo­r­ma­ción en la web, esta se encuentra en alemán. Para aquellos que lo necesiten es posible ponerse en contacto di­re­c­ta­me­n­te con la ZSVR.

¿Qué implica la nueva Ley alemana de envases para las empresas?

La nueva Ley de envases concierne a los mismos sujetos incluidos en la ley anterior, es decir, todos aquellos co­n­si­de­ra­dos como los primeros di­s­tri­bui­do­res: los primeros fa­bri­ca­n­tes, di­s­tri­bui­do­res o co­me­r­cia­n­tes ele­c­tró­ni­cos que in­tro­du­cen en el mercado un embalaje con contenido (ex­clu­ye­n­do así a los propios fa­bri­ca­n­tes del envase) destinado al co­n­su­mi­dor final (B2C) deben pa­r­ti­ci­par en este proceso de eli­mi­na­ción. Si el fa­bri­ca­n­te no está es­ta­ble­ci­do en Alemania y el producto solo lo co­me­r­cia­li­za un im­po­r­ta­dor alemán, este im­po­r­ta­dor se considera el di­s­tri­bui­dor y en co­n­se­cue­n­cia ha de respetar la nueva Normativa.

En la nueva Ley también se incluyen los ma­te­ria­les usados en el embalaje de un producto o los empleados en su envío. Por ejemplo, un minorista con una tienda online que envía un producto en una caja de cartón debe pagar por ella, así como por el material de embalaje y la cinta adhesiva.

Además, de acuerdo con la normativa para adherirse a un sistema dual y, por lo tanto, vender productos envasados en Alemania, antes es necesario estar inscrito en LUCID. En caso de incumplir lo es­ti­pu­la­do, habrá que hacer frente a im­po­r­ta­n­tes multas: hasta 100 000 euros por caso si no estás de­bi­da­me­n­te re­gi­s­tra­do y sigues ofre­cie­n­do productos (no se requiere una venta real), cantidad que se duplica si no se co­n­tri­bu­ye en absoluto a los costes de eli­mi­na­ción.

Nota

El registro debe ser realizado por cada em­pre­sa­rio, es decir, no puede llevarlo a cabo un tercero.

En el pasado, los em­pre­sa­rios tenían que indicar al sistema dual dos veces al año qué ca­n­ti­da­des y tipos de envases habían puesto en ci­r­cu­la­ción: al principio del año se hacía una es­ti­ma­ción y al final de año se indicaba la cantidad real. Con la nueva ley estas de­cla­ra­cio­nes pe­rió­di­cas han de seguir teniendo lugar, solo que además de pre­se­n­tar­se en el sistema dual, también hay que enviarlas al ZSVR. Si no se realiza dicha no­ti­fi­ca­ción al registro central, es posible hacer frente a multas de hasta 10 000 euros.

En el caso de las grandes empresas, sigue estando presente la obli­ga­ción de presentar una de­cla­ra­ción de co­m­ple­te­ne­ss si se supera el uso de de­te­r­mi­na­das ca­n­ti­da­des de ma­te­ria­les de envasado o embalaje: con más de 80 000 kg de vidrio, 50 000 kg de papel/cartón o 30 000 kg de metal/plástico un experto re­gi­s­tra­do ha de ce­r­ti­fi­car la cantidad real de envases uti­li­za­dos. Esta de­cla­ra­ción también debe al­ma­ce­nar­se en el registro LUCID en el futuro. Si no se cumple con dicha obli­ga­ción, se pueden imponer multas de hasta 100 000 euros.

En de­fi­ni­ti­va, si eres di­s­tri­bui­dor o fa­bri­ca­n­te no puedes olvidar seguir los pasos que se presentan a co­n­ti­nua­ción:

  • Re­gí­s­tra­te en la ZSVR a través de LUCID.
  • Introduce el número de registro en el Sistema Dual.
  • Realiza las de­cla­ra­cio­nes ne­ce­sa­rias tanto al sistema dual como al ZSVR.

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