El Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, recoge la naturaleza de las facturas simplificadas en el Preámbulo:
“Las facturas simplificadas tienen un contenido más reducido que las facturas completas u ordinarias y, salvo algunas excepciones, podrán expedirse, a elección del obligado a su expedición, cuando su importe no exceda de 400 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, cuando se trate de facturas rectificativas o cuando su importe no exceda de 3.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido y se trate, en este último caso, de alguno de los supuestos respecto de los que tradicionalmente se ha autorizado la expedición de tiques en sustitución de facturas.”
En el artículo 4 del mismo texto legal pasan a detallarse las circunstancias según las cuales se está autorizado a emitir este tipo de documentos mercantiles:
“1. La obligación de expedir factura podrá ser cumplida mediante la expedición de factura simplificada y copia de esta en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Cuando su importe no exceda de 400 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, o
b) cuando deba expedirse una factura rectificativa.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los empresarios o profesionales podrán igualmente expedir factura simplificada y copia de ésta cuando su importe no exceda de 3.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, […]”
Entre las situaciones en las que se puede expedir factura por un importe de hasta 3000 € se encuentran, por ejemplo, las ventas al por menor, los servicios de hostelería y restauración, la utilización de instalaciones deportivas, el alquiler de películas, la utilización de autopistas de peaje, etc. Puedes obtener una lista detallada de las mismas en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación o también en la página de la Agencia Tributaria en la que se hace un resumen de los aspectos más importantes sobre los modelos de factura simplificada.