Hay empresas que aceptan anticipos del precio total de los bienes o servicios que vayan a prestar. De esta forma, en caso de cuantías im­po­r­ta­n­tes, la empresa se asegura de que el cliente no va a anular el pedido y cuenta con mayor liquidez y con un cobro asegurado, y el comprador puede reducir la carga de un pago demasiado grande. Pero, dado que se trata de una parte del coste total y se realiza previa emisión de la factura de venta. ¿Hay que emitir facturas de anticipos?

La factura de anticipo: ¿cuándo es necesaria?

Siempre que se vaya a recibir un anticipo a cuenta de un bien o servicio por parte de un cliente hay que expedir una factura que lo refleje, in­clu­ye­n­do el IVA co­rre­s­po­n­die­n­te a la cuantía. Más tarde, cuando se emita la factura completa, se le reducirá la cantidad ya cobrada y se indicará el impuesto de valor añadido co­rre­s­po­n­die­n­te. En el caso de los autónomos que realicen ac­ti­vi­da­des pro­fe­sio­na­les hay que tener en cuenta que las facturas han de incluir el po­r­ce­n­ta­je de la retención del IRPF co­rre­s­po­n­die­n­te.

De­fi­ni­ción

La factura de anticipo es aquella que se emite cuando se va a recibir por parte del cliente una cantidad an­ti­ci­pa­da del pago de un bien o servicio.

Realizar una factura por un anticipo es necesario puesto que hay que

declarar el IVA

de dicho pago previo en el momento en el que se produce la operación y no cuando se cobra la factura de­fi­ni­ti­va, de lo contrario la empresa puede ser sa­n­cio­na­da por Hacienda. Así, si el pago an­ti­ci­pa­do se lleva a cabo en se­p­tie­m­bre y la factura total se completa en noviembre, el IVA del primer pago se incluirá en la tercera de­cla­ra­ción tri­me­s­tral y el del segundo pago, en la última.
Nota

No es necesario expedir factura en los pagos an­ti­ci­pa­dos de entregas in­tra­co­mu­ni­ta­rias de bienes exentas de IVA según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 37/1992.

¿Cómo facturar anticipos?

Gestionar el cobro de anticipos no es una tarea demasiado co­m­pli­ca­da. De hecho, basta con tener en cuenta las ca­ra­c­te­rí­s­ti­cas de la factura de anticipo y la factura final. Para verlo más claro, podemos analizar el siguiente caso:

La empresa A vende al cliente B un bien por el precio de 900 euros, que facturará en el mes de mayo. Sin embargo, el cliente B realiza un anticipo a cuenta de 500 euros (IVA no incluido) en el mes de abril. ¿Cómo se plasma en las facturas?

Factura de anticipo

La factura de anticipo o de pago an­ti­ci­pa­do responde al modelo habitual de factura, es decir, incluye todos los campos obli­ga­to­rios en este tipo de documento. Sin embargo, a la hora de facturar un anticipo hay que indicar en el apartado relativo al producto (Artículo en la imagen) el tipo de pago del que se trata. En este caso se indica: “Anticipo”. El precio unitario y el total se co­rre­s­po­n­den con la cuantía que se entrega como anticipo, a la que se añade el IVA co­rre­s­po­n­die­n­te.

El IVA de la factura de anticipo se devengará en el primer modelo 303, aunque la emisión de la factura completa se realice en el segundo periodo de de­cla­ra­ción del impuesto indirecto.

Nota

De­s­cá­r­ga­te de forma gratuita nuestro modelo de factura, di­s­po­ni­ble en la StartUp Guide en formato Word y PDF y que cumple con los im­pe­ra­ti­vos legales. Basta con que adaptes los campos ne­ce­sa­rios para poder expedir una factura de anticipo.

Factura final

La factura final de nuevo cuenta con todos los campos de obligada inclusión y muestra el monto total del bien o servicio, la cantidad an­ti­ci­pa­da, así como la cuantía e IVA restantes.

En la factura final hay que tener en cuenta que:

  • En subtotal sin IVA se indica el valor total del producto (900 €)
  • A dicha cuantía se le resta el anticipo sin IVA (900 € - 500 €)
  • Al resultado del subtotal menos el anticipo (400 €) se le aplica el IVA co­rre­s­po­n­die­n­te (el 21% de 400 es 84)
  • El total de la factura final es la di­fe­re­n­cia entre el subtotal y el anticipo (400 €) más el IVA co­rre­s­po­n­die­n­te (84 €).

En este caso la empresa A devengará los 84 euros de IVA en la segunda de­cla­ra­ción del año contable, pues la factura se emitió en el mes de mayo.

En de­fi­ni­ti­va, al facturar un anticipo el comprador paga el IVA dos veces, la primera vez por la cuantía co­rre­s­po­n­die­n­te al anticipo y la segunda por la cuantía restante de la factura final. La suma del IVA del anticipo y el IVA de la cuantía restante es igual al IVA de la cantidad total que pagar.

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