Con un descuento por pronto pago, in­ce­n­ti­vas a tus clientes a liquidar sus deudas antes de tiempo: ofreces una reducción en el precio a cambio de que la factura se pague dentro de un plazo de­te­r­mi­na­do. Pero, ¿cómo se co­n­ta­bi­li­za exac­ta­me­n­te un descuento por pronto pago? ¿Qué asientos contables se utilizan y qué aspectos hay que tener en cuenta?

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¿Qué es el descuento por pronto pago?

El descuento por pronto pago es una reducción en el precio que los pro­vee­do­res suelen ofrecer a los co­m­pra­do­res que pagan sus facturas dentro de un plazo de­te­r­mi­na­do. En esta situación, tanto los ve­n­de­do­res como los co­m­pra­do­res pueden salir ganando. Por un lado, los primeros ganan liquidez al disponer antes del importe de la factura y los segundos, por el otro, pueden reducir el gasto de ad­qui­si­ción del bien o servicio en cuestión. No obstante, hay que tener en cuenta que en España este descuento se puede aplicar antes o después de emitir la factura:

  • El descuento por pronto pago incluido en la factura se aplica sobre la base imponible. No­r­ma­l­me­n­te, el vendedor y el comprador negocian de forma previa a la emisión de la factura si se va a aplicar un descuento. Si es el caso, y ambos están de acuerdo, el importe del descuento se resta de la base imponible antes de calcular el IVA.
  • El descuento por pronto pago fuera de factura también se aplica sobre la base imponible. Aunque no es tan común, también puede ocurrir que una vez se haya emitido la factura el proveedor decida conceder un descuento al comprador. En tal caso, tiene que emitir una factura re­c­ti­fi­ca­ti­va.
Consejo

No te pierdas nuestro artículo sobre cómo calcular el descuento por pronto pago.

Qué tener en cuenta al co­n­ta­bi­li­zar de­s­cue­n­tos por pronto pago

Como se ha me­n­cio­na­do antes, los de­s­cue­n­tos por pronto pago en España siempre se aplican sobre la base imponible de la factura. Para el comprador, esto significa que no solo se reduce el precio neto del bien o servicio, sino también el IVA soportado, ya que se calcula sobre una base imponible menor.

Si el descuento se aplica en la factura original, este se resta de la base imponible antes de calcular el IVA. El cálculo sería el siguiente:

Descuento por pronto pago = Base imponible × Po­r­ce­n­ta­je de descuento Base imponible ajustada = Base imponible – Descuento IVA = Base imponible ajustada × Tipo de IVA Importe total a pagar = Base imponible ajustada + IVA

Aunque los de­s­cue­n­tos por pronto pago son co­n­si­de­ra­dos re­du­c­cio­nes del precio de ad­qui­si­ción, al igual que las bo­ni­fi­ca­cio­nes y las rebajas, su tra­ta­mie­n­to contable es diferente. Cuando se aplican después de la emisión de la factura, deben re­gi­s­trar­se co­n­ta­ble­me­n­te mediante una factura re­c­ti­fi­ca­ti­va.

Por ello, para cumplir con la normativa vigente es fu­n­da­me­n­tal reflejar co­rre­c­ta­me­n­te estos de­s­cue­n­tos en la co­n­ta­bi­li­dad fi­na­n­cie­ra y ase­gu­rar­se de que se ajusten a los pri­n­ci­pios de una co­n­ta­bi­li­dad ordenada, tal y como se indica en el Código de Comercio.

Nota

En función de si el descuento se aplica antes o después de la emisión de la factura, los asientos contables lo van a reflejar de forma diferente. En el Plan General de Co­n­ta­bi­li­dad (PGC) se observa qué asientos se utilizan al registrar los de­s­cue­n­tos en co­n­ta­bi­li­dad.

¿Cómo funciona la co­n­ta­bi­li­za­ción del descuento por pronto pago?

Asientos de descuento por pronto pago sobre ventas

Los pro­vee­do­res de un bien o un servicio que registran los mo­vi­mie­n­tos rea­li­za­dos en los libros contables han de incluir las ventas de estos productos o servicios in­clu­ye­n­do el pronto pago, si bien se procederá de una forma u otra en función del momento en el que el proveedor haya negociado el descuento con el comprador:

Descuento por pronto pago incluido en la factura

El proveedor Y ha vendido a la empresa X un sofá por 2000 €. Pero, además, han negociado la apli­ca­ción de un descuento del 3 %, siempre que la deuda se salde en 14 días.

Es decir, esta ne­go­cia­ción tiene lugar antes de emitir la factura y, por tanto, aparece incluido en ella. El importe del descuento se calculará tomando los 2000 € que cuesta el sofá:

3 % de 2000 = 60 € (importe del descuento)

2000 - 60 = 1940 € (importe con descuento en efectivo, base imponible)

En el momento en el que se modifica el precio, esto también afecta a la base imponible sobre la que se va a aplicar el impuesto. Por esta razón, también se debe re­ca­l­cu­lar el IVA. Si el tipo de IVA aplicable es del 21 %, el cálculo quedaría así:

  • IVA original: 2000 € × 21 % = 420 €
  • IVA ajustado: 1940 € × 21 % = 407,40 €

El importe total por pagar tras aplicar el descuento sería:

1940 € + 407,40 € = 2347,40 €

De acuerdo con el PCG esta operación se registra con el asiento (700) Ventas de me­r­ca­de­rías. A ello hay que añadirle el asiento del IVA re­pe­r­cu­ti­do por el proveedor, el (477). Ambos asientos se incluyen en el “Haber”. En el “Debe” se indica la cantidad íntegra que el cliente (430) tiene que abonar.

Cuenta Debe (€) Haber (€)
(430) Clientes 2347,40
(700) Ventas de me­r­ca­de­rías 1940,00
(477) Hacienda Pública, IVA re­pe­r­cu­ti­do (21 %) 407,40

Descuento por pronto pago fuera de la factura

Pero ¿y si no se hubiera aplicado este descuento hasta después de haber emitido la factura? Veamos el ejemplo:

El proveedor Y ha vendido al comprador W otro sofá por 2000 €. Crea la factura con el IVA y la hace llegar al comprador, que ha de abonar un total de 2420 €:

2000 x 21 %= 240 (IVA de la factura sin descuento)

2000 + 240 = 2240 (precio neto de la factura sin descuento)

Sin embargo, pasado unos días, el comprador y el proveedor negocian un descuento por pronto pago del 3 % si la deuda se salda en 14 días. En este caso, además de emitir una factura re­c­ti­fi­ca­ti­va, se procede al cálculo del total de la factura de otro modo.

Primero se calcula el importe del descuento:

2000 x 0,03 = 60 €

Sobre el importe del descuento se establece el IVA soportado:

60 x 21 % = 12,60 €

Se suman ambas ca­n­ti­da­des para de­te­r­mi­nar el descuento con IVA incluido:

60 + 12, 60 = 72,60 €

En los casos en los que los de­s­cue­n­tos tienen lugar fuera de la factura hay que indicar ex­plí­ci­ta­me­n­te a través del asiento (706) De­s­cue­n­tos sobre ventas por pronto pago que este incentivo se ha aplicado. Se pro­ce­de­ría:

Cuenta Debe (€) Haber (€)
(706) De­s­cue­n­tos sobre ventas por pronto pago 60
(477) Hacienda Pública, IVA re­pe­r­cu­ti­do 12,60
(430) Clientes 72,60
Hecho

No importa si el descuento se aplica antes de la factura o después de su emisión. Cuando se aplica el mismo po­r­ce­n­ta­je de descuento sobre la misma cantidad, el resultado a pagar será el mismo, aunque el pro­ce­di­mie­n­to de cálculo difiera.

Asientos de descuento por pronto pago sobre compras

Al igual que los pro­vee­do­res, también los co­m­pra­do­res de un bien o servicio pueden o deben (de­pe­n­die­n­do del caso) registrar en los libros las compras rea­li­za­das. Para ello, existen unos asientos concretos que se pueden ver a co­n­ti­nua­ción.

Descuento por pronto pago incluido en la factura

Cuando la empresa X, que compró el sofá, procede a registrar la operación realizada, incluye en el “Debe” la cantidad ya con el descuento en el asiento (600) Compras de me­r­ca­de­rías, a lo que tiene que añadir ló­gi­ca­me­n­te el IVA soportado (472). En el “Haber” se indica la suma ambas ca­n­ti­da­des en el asiento (400).

Cuenta Debe (€) Haber (€)
(600) Compras de me­r­ca­de­rías 1940,00
(472) Hacienda Pública, IVA soportado (21 %) 407,40
(400) Pro­vee­do­res 2347,40

Descuento por pronto pago fuera de la factura

Al tratarse de un descuento efectuado fuera de factura, se recurre a un asiento es­pe­cí­fi­co para indicarlo. El comprador W deberá incluir las mismas ca­n­ti­da­des que las in­tro­du­ci­das en el registro del proveedor, pero con unas cuentas di­fe­re­n­tes. Es por eso por lo que en el “Haber” se indica el asiento (606) De­s­cue­n­tos sobre compras por pronto pago, donde se indica el importe del descuento, y el (472), donde se indica el IVA soportado del descuento. En el “Debe” solo se registra el asiento de los pro­vee­do­res con la suma completa. A co­n­ti­nua­ción, se puede ver eje­m­pli­fi­ca­do:

Cuenta Debe (€) Haber (€)
(400) Pro­vee­do­res 72,60
(606) De­s­cue­n­tos sobre compras pronto pago 60,00
(472) Hacienda Pública, IVA soportado 12,60

Descuento por pronto pago incluido en la factura vs. fuera de ella

Como se puede observar en los ejemplos, que se utilicen unos asientos u otros va a depender del momento en el que se negoció el descuento. Si se hace antes de que se emita la factura, el importe con el descuento ya incluido se re­gi­s­tra­rá di­re­c­ta­me­n­te en el asiento co­rre­s­po­n­die­n­te a la venta o compra. Si, por el contrario, se aplica después de emitirla, entonces habrá que utilizar los asientos es­pe­cí­fi­cos para registrar estos de­s­cue­n­tos, ya sean por ventas en el caso del proveedor o por compras en el caso del cliente. Ambos métodos de co­n­ta­bi­li­za­ción son válidos y correctos según el Plan General de Co­n­ta­bi­li­dad español (PGC). La elección entre uno u otro depende de la política contable de la empresa y de la pre­fe­re­n­cia en la gestión de la co­n­ta­bi­li­dad.

Por favor, ten en cuenta el aviso legal relativo a este artículo.

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