Elegir el nombre adecuado para una empresa es un paso esencial en cualquier em­pre­n­di­mie­n­to. Si el nombre tiene potencial de marca, es decir, si gana po­pu­la­ri­dad rá­pi­da­me­n­te y se asocia con calidad, resulta aún más im­po­r­ta­n­te pro­te­ge­r­lo, ya que una marca no solo ide­n­ti­fi­ca a la empresa, sino también a sus productos o servicios. Pero, incluso antes de alcanzar ese re­co­no­ci­mie­n­to, es fu­n­da­me­n­tal ase­gu­rar­te de que solo tú puedas usar el nombre de tu empresa. Para ello, debes registrar el nombre comercial como marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

¿Por qué deberías registrar tu nombre comercial como marca?

Proteger el nombre de tu empresa es fu­n­da­me­n­tal para ga­ra­n­ti­zar su uso exclusivo y evitar co­n­fli­c­tos legales. Registrar una marca te otorga el derecho exclusivo de uso y refuerza la identidad de tu negocio a largo plazo. Según el artículo 4.1 de la Ley 17/2001, una marca es un signo di­s­ti­n­ti­vo que permite di­fe­re­n­ciar productos o servicios de una empresa respecto a los de su co­m­pe­te­n­cia. Esto incluye palabras, imágenes, símbolos, sonidos y co­m­bi­na­cio­nes de estos elementos. En España, el nombre de una empresa puede in­s­cri­bi­r­se en el Registro Mercantil, pero esto no impide que otros usen un nombre similar. Para una pro­te­c­ción real, es im­pre­s­ci­n­di­ble re­gi­s­trar­lo como marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). El coste varía según el tipo de registro, pero la inversión merece la pena para evitar usos no au­to­ri­za­dos.

Nota

Es im­po­r­ta­n­te di­s­ti­n­guir entre la de­no­mi­na­ción social, que es el nombre legal de la empresa utilizado en do­cu­me­n­tos oficiales como facturas o contratos, y el nombre comercial, que es el ide­n­ti­fi­ca­dor de la empresa en el mercado. Para ga­ra­n­ti­zar su uso exclusivo y evitar que terceros lo utilicen, el nombre comercial debe re­gi­s­trar­se en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Si además se quiere proteger un producto o servicio bajo esa de­no­mi­na­ción, es re­co­me­n­da­ble re­gi­s­trar­lo como marca.

Registro de nombres co­me­r­cia­les y marcas para em­pre­n­de­do­res

En el momento de crear una empresa, una de las primeras preguntas se refiere a la pro­te­c­ción del nombre comercial o marca elegidos. Lo primero que se debe hacer es comprobar si no hay ninguna otra empresa que esté usando dichas de­no­mi­na­cio­nes. Para ello, se puede hacer una búsqueda por Internet, pero para lograr re­su­l­ta­dos más precisos se puede recurrir a bases de datos oficiales como el lo­ca­li­za­dor de marcas de la OEPM.

No hay que olvidar que los términos nombre comercial y marca presentan algunas di­fe­re­n­cias entre sí, como se indica po­s­te­rio­r­me­n­te. Aun así, la in­s­cri­p­ción de ambos se realiza de forma muy similar.

Si el nombre está di­s­po­ni­ble, habrá que proceder a su solicitud, proceso que se hará pe­r­so­na­l­me­n­te, mediante los servicios de un re­pre­se­n­ta­n­te o incluso de un Agente de la Propiedad In­te­le­c­tual. Dicha solicitud debe pre­se­n­tar­se a través de la sede ele­c­tró­ni­ca de la OEPM o de forma pre­se­n­cial en su oficina en Madrid. Los Centros Re­gio­na­les de In­fo­r­ma­ción en Propiedad In­du­s­trial ofrecen ase­so­ra­mie­n­to, pero no gestionan registros.

Tras pasar por un proceso en el que entran en juego di­fe­re­n­tes estadios como el examen formal, el examen de licitud, la pu­bli­ca­ción de la propia solicitud, el examen de fondo, etc., se concede el nombre comercial o la marca. Tanto el nombre comercial como la marca comercial tienen una validez de 10 años desde la fecha de solicitud y pueden renovarse in­de­fi­ni­da­me­n­te cada 10 años, sin necesidad de ju­s­ti­fi­car su uso continuo, pero abonando las tasas co­rre­s­po­n­die­n­tes.

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¿Qué nombres co­me­r­cia­les y marcas pueden re­gi­s­trar­se?

En general, la pro­te­c­ción de las marcas se obtiene con su in­s­cri­p­ción en las entidades creadas a tales efectos. En ello, el registro de un nombre comercial o marca no puede co­n­ce­de­r­se de forma similar en una misma rama para dos empresas, productos o servicios idénticos. Para ello, como ya se ha indicado an­te­rio­r­me­n­te, el paso previo es comprobar en el di­re­c­to­rio de empresas que no existe ningún negocio con la misma in­fo­r­ma­ción.

En caso de querer registrar una marca a nivel europeo o in­te­r­na­cio­nal, también es co­n­ve­nie­n­te realizar una in­ve­s­ti­ga­ción por los mercados co­me­r­cia­les co­rre­s­po­n­die­n­tes. La página web de la Oficina de Propiedad In­te­le­c­tual de la Unión Europea (EUIPO) re­co­mie­n­da dos bases de datos para comprobar la di­s­po­ni­bi­li­dad de las marcas en la Unión Europea. A nivel in­te­r­na­cio­nal, se re­co­mie­n­da consultar la base mundial de datos sobre marcas de la OMPI o TMview, una apli­ca­ción que ofrece in­fo­r­ma­ción sobre marcas.

La selección de un nombre de marca está sujeta a re­s­tri­c­cio­nes legales. Según los artículos 5 y 6 de la Ley 17/2001 de Marcas, no pueden re­gi­s­trar­se como marcas signos que carezcan de carácter di­s­ti­n­ti­vo, re­pro­du­c­cio­nes de escudos o emblemas oficiales sin au­to­ri­za­ción, nombres que puedan inducir a error sobre el producto o servicio, ni aquellos que sean co­n­tra­rios a la ley o al orden público.

¿Cuánto cuesta registrar una marca?

Registrar una marca en España implica el pago de tasas a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). El coste varía en función de la modalidad de marca y la cantidad de clases de productos o servicios que se quieran proteger. Las tasas de solicitud para una marca nacional comienzan en 150 euros por una clase de la Cla­si­fi­ca­ción de Niza y aumentan 97 euros por cada clase adicional. Para conocer los precios ac­tua­li­za­dos, puedes consultar este documento oficial de la OEPM.

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¿Qué ventajas plantea el registro de marcas y de nombres co­me­r­cia­les?

  • El registro de una marca o nombre comercial no solo protege su uso exclusivo, sino que también otorga al titular el derecho a emprender acciones legales contra cualquier tercero que utilice una de­no­mi­na­ción idéntica o similar sin au­to­ri­za­ción. Según la Ley de Marcas, este derecho incluye la po­si­bi­li­dad de reclamar in­de­m­ni­za­cio­nes por daños y pe­r­jui­cios en caso de in­fra­c­ción.

  • Todo registro de marcas y de nombres co­me­r­cia­les también permite el re­co­no­ci­mie­n­to por parte de los co­n­su­mi­do­res, que asociarán una imagen, símbolo o nombre exclusivo con los productos que se ofrezcan, oto­r­gá­n­do­le una mayor cre­di­bi­li­dad y pro­fe­sio­na­li­dad y, en de­fi­ni­ti­va, un valor único.

  • Como punto adicional, el registro de las de­no­mi­na­cio­nes sociales en el Registro Mercantil, por su parte, le otorga seriedad y confianza a la empresa debido a las obli­ga­cio­nes legales a las que está sujeto el proceso.

¿Qué de­s­ve­n­ta­jas supone no registrar marcas y nombres co­me­r­cia­les?

  • No contar con un nombre comercial o marca de­bi­da­me­n­te re­gi­s­tra­dos puede dar lugar a vu­l­ne­ra­bi­li­da­des por no poseer la ti­tu­la­ri­dad de los mismos.

  • La empresa carece de la pro­te­c­ción y ex­clu­si­vi­dad que le otorga la posesión de una de­no­mi­na­ción única y exclusiva.

  • Con la omisión del registro de marcas co­me­r­cia­les o nombres no se adquiere la seriedad que este garantiza, por lo que el interés por parte de los clientes también se ve afectado, algo que también repercute en el ámbito del B2B (Business to Business).

  • El registro de nombres co­me­r­cia­les y de marcas va ligado al pago de tasas.

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Pro­te­c­ción de marcas a nivel de la UE

Más allá de la marca nacional, que solo tiene vigencia en todo el te­rri­to­rio español, para darle un alcance europeo al nombre comercial se necesita algo más que el registro de marcas co­me­r­cia­les en la OEPM. Para obtener pro­te­c­ción a nivel europeo se puede adquirir la marca de la Unión Europea, antes conocida como “marca co­mu­ni­ta­ria” que, como el propio nombre indica, ofrece pro­te­c­ción en todos los estados miembros de la Unión Europea con un solo registro. Tal y como se indica en la página desde la que se hace la solicitud, “una marca de la Unión Europea (MUE) le otorga derechos ex­clu­si­vos en todos los actuales y futuros Estados miembros de la Unión Europea mediante un registro único”, tiene un período de validez de 10 años a partir de la solicitud de la misma y puede renovarse de manera in­de­fi­ni­da cada 10 años, como ocurre con los nombres co­me­r­cia­les, y se realiza sin recargo alguno en el importe de la tasa.

Para su registro, visita la página web oficial de la Oficina de Propiedad In­te­le­c­tual de la Unión Europea (EUIPO). Si haces clic aquí, podrás acceder a una cla­si­fi­ca­ción de las di­fe­re­n­tes tasas que es necesario abonar para so­li­ci­tar­las.

Pro­te­c­ción de marcas a nivel in­te­r­na­cio­nal

Si quieres ampliar fronteras y dotar al nombre comercial de tu negocio de una pro­te­c­ción que vaya más allá del te­rri­to­rio europeo, deberás acceder a la página de la OMPI, en la que en­co­n­tra­rás el sistema in­te­r­na­cio­nal de registro de marcas o Sistema de Madrid. Este está di­s­po­ni­ble para aquellos usuarios que tengan vínculos de carácter personal o comercial con uno de los Miembros de la Unión de Madrid, lo que implica tener el domicilio o un es­ta­ble­ci­mie­n­to in­du­s­trial en uno de los 116 países que conforman los 100 miembros del Sistema de Madrid o proceder de uno de esos países. El coste del registro in­te­r­na­cio­nal varía según la cantidad de países y la categoría de productos/servicios. Puedes ca­l­cu­lar­lo en la ca­l­cu­la­do­ra de tasas de la OMPI.

Al igual que el registro de marcas a nivel europeo, las in­te­r­na­cio­na­les también se conceden durante un período de 10 años, tras lo que pueden renovarse por períodos sucesivos de 10 años.

Nota

Algunos países como Canadá o Brasil no forman parte ni del Sistema de Madrid ni del Protocolo de Madrid. Por ello, para registrar un nombre comercial o marca en estos países hay que dirigirse a la oficina nacional co­rre­s­po­n­die­n­te.

Co­n­clu­sión: protege tu nombre comercial y tu marca

Si tienes planes de expandir tu negocio a nivel nacional o in­te­r­na­cio­nal, la in­s­cri­p­ción en el Registro Mercantil no es su­fi­cie­n­te para ga­ra­n­ti­zar la pro­te­c­ción de tu nombre. Para evitar que terceros lo utilicen, es im­pre­s­ci­n­di­ble re­gi­s­trar­lo como marca.

De­pe­n­die­n­do de la cobertura que necesites, puedes registrar tu marca a nivel nacional en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), a nivel europeo en la Oficina de Propiedad In­te­le­c­tual de la Unión Europea (EUIPO) o a nivel in­te­r­na­cio­nal a través del Sistema de Madrid ge­s­tio­na­do por la Or­ga­ni­za­ción Mundial de la Propiedad In­te­le­c­tual (OMPI).

Para asegurar una pro­te­c­ción óptima y evitar co­n­fli­c­tos legales, se re­co­mie­n­da consultar a un abogado es­pe­cia­li­za­do en propiedad in­du­s­trial.

Por favor, ten en cuenta el aviso legal relativo a este artículo.

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