Una vez al año, todo em­pre­sa­rio co­n­tri­bu­ye­n­te tiene que cumplir con sus obli­ga­cio­nes ante la Cámara de Comercio pre­se­n­ta­n­do sus libros contables y su balance fi­na­n­cie­ro. Ahora bien, como lo estipula la primera parte del Marco Co­n­ce­p­tual del Plan General Contable en su cuarto artículo, uno de los elementos de las cuentas anuales son las pro­vi­sio­nes, pero ¿qué son exac­ta­me­n­te las pro­vi­sio­nes y cómo se calculan? Te ex­pli­ca­mos paso a paso cómo hacerlo.

Hecho

Las obli­ga­cio­nes contables de las pymes dependen de si se trata de em­pre­sa­rios in­di­vi­dua­les, de em­pre­n­de­do­res de re­s­po­n­sa­bi­li­dad limitada, de co­mu­ni­da­des de bienes y de so­cie­da­des civiles. En la web ipyme.org en­co­n­tra­rás más in­fo­r­ma­ción acerca de los libros contables, del cierre del ejercicio y de las obli­ga­cio­nes re­gi­s­tra­les. Los pro­fe­sio­na­les y las pequeñas empresas que se en­cue­n­tren bajo el umbral de los 600.000 € pueden presentar una cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.

¿Qué son las pro­vi­sio­nes?

En principio, las pro­vi­sio­nes son las reservas fi­na­n­cie­ras que una empresa guarda para pagar cuentas futuras, pérdidas ine­s­pe­ra­das u otros pasivos. Es decir, es un monto re­gi­s­tra­do en libros cuyo objetivo es hacer frente a de­te­r­mi­na­das co­n­ti­n­ge­n­cias que, si bien aún no se han de­te­r­mi­na­do, se espera que se realicen en un momento no muy lejano, como podría suceder en caso de litigio. Así, en caso de que exista un proceso judicial pendiente, es probable que se tengan que afrontar ciertos costes legales en un futuro próximo. Sin embargo, es común que dichos procesos tengan lugar a pri­n­ci­pios del próximo año. Esto quiere decir que dentro de tus libros contables la provisión será el valor tentativo de lo que podría llegar a costar el proceso. Una vez terminado y pagados los gastos, puede eli­mi­nar­se esta provisión e incluir el valor real de la es­ti­ma­ción.

Ahora bien ¿por qué las empresas deciden incurrir en tal esfuerzo? La respuesta es sencilla: el Plan General de Co­n­ta­bi­li­dad español. Este define a las pro­vi­sio­nes como:

Cita

Obli­ga­cio­nes expresas o tácitas a largo plazo, cla­ra­me­n­te es­pe­ci­fi­ca­das en cuanto a su na­tu­ra­le­za, pero que, en la fecha de cierre del ejercicio, son in­de­te­r­mi­na­das en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se pro­du­ci­rán. Las cuentas de este subgrupo figurarán en el pasivo no corriente del balance. La parte de las pro­vi­sio­nes cuya ca­n­ce­la­ción se prevea en el corto plazo deberá figurar en el pasivo corriente del balance, en el epígrafe “Pro­vi­sio­nes a corto plazo…” (Plan General de Co­n­ta­bi­li­dad, Real Decreto 1514/2007: Edición se­p­tie­m­bre 2011)

Las normas contables prevén que una provisión puede ser re­co­no­ci­da en los libros contables cuando se cumplan las co­n­di­cio­nes si­guie­n­tes:

  1. Es una obli­ga­ción presente como resultado de un suceso pasado.
  2. Existe una alta pro­ba­bi­li­dad de que la entidad tenga que de­s­pre­n­de­r­se de recursos que in­vo­lu­cren be­ne­fi­cios eco­nó­mi­cos.
  3. Para pagarla puede estimarse de manera fiable el importe de la obli­ga­ción.

Debido a que, según las di­s­po­si­cio­nes legales, este dinero está “vi­r­tua­l­me­n­te aparcado”, las pro­vi­sio­nes dentro de los pasivos re­pre­se­n­tan una variación global en el pa­tri­mo­nio neto de una empresa. La ventaja: los co­n­tri­bu­ye­n­tes solo están obligados a pagar impuestos por lo que realmente han gastado.

En resumen

La co­n­ta­bi­li­dad de pro­vi­sio­nes para el balance fi­na­n­cie­ro de una empresa es una actividad que requiere de­di­ca­ción, pero que está asociada a algunas ventajas. Una de ellas es que permite mover una parte de la carga fiscal por di­s­po­si­cio­nes para el siguiente año, au­me­n­ta­n­do así la liquidez de la empresa. Visita este artículo de nuestra guía para obtener más in­fo­r­ma­ción sobre el tema, así como sobre los distintos tipos de pro­vi­sio­nes.

Cómo de­te­r­mi­nar, registrar y eliminar las pro­vi­sio­nes de los libros de co­n­ta­bi­li­dad

Con co­no­ci­mie­n­tos básicos en co­n­ta­bi­li­dad, calcular y gestionar las pro­vi­sio­nes de una empresa no es ex­tre­ma­da­me­n­te difícil. Aquellos que nunca han realizado un balance o un informe de pérdidas y ganancias en­cue­n­tran una buena in­tro­du­c­ción en nuestro artículo sobre la co­n­ta­bi­li­dad de partida doble. Debido a su co­m­ple­ji­dad y a la di­ve­r­si­dad entre modelos de negocio y pre­su­pue­s­tos, en esta guía solo se tienen en cuenta los aspectos más generales de la co­n­ta­bi­li­dad.

Los pri­n­ci­pios básicos de un balance general

Para de­te­r­mi­nar las pro­vi­sio­nes contables e in­te­grar­las fá­ci­l­me­n­te dentro de los registros de las obli­ga­cio­nes contables, es fu­n­da­me­n­tal co­n­si­de­rar las si­guie­n­tes reglas básicas del cálculo de los estados fi­na­n­cie­ros:

Todo balance debe incluir activos y pasivos:

Los activos, según el PGC, hacen re­fe­re­n­cia a los bienes, derechos y otros recursos co­n­tro­la­dos eco­nó­mi­ca­me­n­te por la empresa, re­su­l­ta­n­tes de sucesos pasados, de los que se espera que la empresa obtenga be­ne­fi­cios o re­n­di­mie­n­tos eco­nó­mi­cos en el futuro, es decir, todo aquello en lo que se gasta dinero. Por ejemplo, los activos fijos (in­s­ta­la­cio­nes, ma­qui­na­ria, etc.), los in­ve­n­ta­rios (materias primas y ma­te­ria­les de co­n­s­tru­c­ción), bonos, etc.

Los pasivos, por su parte, son definidos como las obli­ga­cio­nes actuales surgidas como co­n­se­cue­n­cia de sucesos pasados, para cuya extinción la empresa espera de­s­pre­n­de­r­se de recursos que puedan producir be­ne­fi­cios o re­n­di­mie­n­tos eco­nó­mi­cos en el futuro. Por ejemplo, préstamos, ganancias de capital, su­b­ve­n­cio­nes y, también, pro­vi­sio­nes (pasivo co­n­ti­n­ge­n­te).

Siempre debe haber un equi­li­brio entre los activos y los pasivos.

Si hay gastos su registro contable es doble en el Debe (izquierda) y el Haber (derecha).

A la hora de calcular los activos, los flujos de cobro (abonos a cuentas por cobrar) se registran como debe y los flujos de pago (abonos a cuentas por pagar) como haber. 

En el cálculo de los pasivos esto funciona en el sentido contrario: los flujos de cobro se registran como haber y los flujos de pago como debe.

Las pro­vi­sio­nes en la co­n­ta­bi­li­dad

El hecho de que las pro­vi­sio­nes sean reservas las ubica en el sector pasivo de un balance. Para la co­n­ta­bi­li­dad esto significa que el flujo de pagos se registra como debe (izquierda) y el flujo de cobros como haber (derecha). En el punto 14 de la quinta parte del Plan General Contable en­co­n­tra­rás un listado general de aquellas pro­vi­sio­nes que puedes incluir en el balance general de tu empresa. Entre ellas se en­cue­n­tran:

  1. Provisión por re­tri­bu­cio­nes a largo plazo al personal
  2. Provisión para impuestos
  3. Provisión para otras re­s­po­n­sa­bi­li­da­des
  4. Provisión por de­s­ma­n­te­la­mie­n­to, retiro o reha­bi­li­ta­ción del in­mo­vi­li­za­do
  5. Provisión para ac­tua­cio­nes me­dioa­m­bie­n­ta­les
  6. Provisión para re­es­tru­c­tu­ra­cio­nes
  7. Provisión por tra­n­sac­cio­nes con pagos basados en in­s­tru­me­n­tos de pa­tri­mo­nio
Hecho

aquellas pro­vi­sio­nes que no estén incluidas en el Plan General Contable no serán tenidas en cuenta para calcular el estado fi­na­n­cie­ro.

Ejemplos de pro­vi­sio­nes contables

Ejemplo 1: re­gre­sa­n­do al ejemplo del proceso judicial y su­po­nie­n­do que este se alargó más del tiempo previsto (31 de diciembre) y no había fi­na­li­za­do en el momento de realizar el balance, será necesario incluir una provisión en los estados fi­na­n­cie­ros. Si se sabe que los ho­no­ra­rios de los abogados as­ce­n­de­rán a 14.000 € netos ¿cómo se de­te­r­mi­na­ría la provisión?

Las pro­vi­sio­nes forman parte de los pasivos del balance, es decir, los flujos de cobro se anotan en el debe y los flujos de pago en el haber. Debido a que con dicha provisión se está creando un colchón fi­na­n­cie­ro para cubrir los gastos legales en un futuro próximo, en este contexto se habla entonces de un flujo de pago. Por lo tanto, este se re­gi­s­tra­rá en el lado del haber (derecha):

El flujo de pago por el valor de 14.000 € se incluye en el lado derecho (haber) con el registro “142 Provisión para otras re­s­po­n­sa­bi­li­da­des”. En el lado izquierdo se es­pe­ci­fi­ca el motivo del gasto bajo “140 Ho­no­ra­rios legales y de co­n­su­l­to­ría”. Aquí se incluyen otros flujos de cobro que reducirán el beneficio anual de tu negocio.

Una vez fi­na­li­za­do el proceso legal en abril de 2018, el abogado envía una factura por 17.440 €. Esto quiere decir que será necesario ajustar el balance, para lo que se realiza el siguiente cálculo:

Debido a que el proceso ha fi­na­li­za­do y ya has recibido la factura del abogado, ya no es necesario incluir la provisión en los libros. Para eliminar una provisión del balance, mueve el importe total de 14.000 € a la izquierda, es decir, a la sección “Debe”. Ahora bien, en el lado derecho, el haber, sigue apa­re­cie­n­do una deuda de 17.440 €, que co­rre­s­po­n­de al asiento “142 para 477”. El siguiente paso será entonces descontar el impuesto soportado a la factura, para poder en­tre­gar­lo a Hacienda po­s­te­rio­r­me­n­te:

17.440 € / 21 x 100 = 14.500 €

El impuesto soportado es de 2.940 €

Este resultado muestra que el abogado cobró una cantidad neta de 14.500 €, así que tu co­n­ta­bi­li­dad de pro­vi­sio­nes se desfasó en 500 €. Como co­n­se­cue­n­cia, tienes que registrar un gasto adicional (debe) para la tra­n­sac­ción “140 Ho­no­ra­rios legales y de co­n­su­l­to­ría” e indicar la di­fe­re­n­cia de los 500 €. Con ello habrás eliminado tu provisión y equi­li­bra­do tu balance fi­na­n­cie­ro.

Ejemplo 2: Ahora bien ¿qué pasa cuando el importe de la factura es menor que el valor calculado? si se prevé que los costes legales ascienden a 16.835 €, la co­n­ta­bi­li­dad de las pro­vi­sio­nes sería la siguiente:

En este ejemplo, el registro del 31.12.2017 sigue siendo el mismo. Durante el 2017 sigues su­po­nie­n­do que tendrás una cuenta pendiente de 14.000 € el próximo año y, en abril de 2018, recibes la factura real por 16.835 €. Otro aspecto que se mantiene intacto es el hecho de mover la provisión del lado de haber al de debe (“142 para 477”), siempre con el valor de entrada que uti­li­za­s­te para el primer registro contable. En este caso, el impuesto soportado asciende a 2.835 €.

Una vez se ha deducido el impuesto sobre el importe de la factura de 16.835 €, te darás cuenta que solo necesitas pagar 13 500 € netos al abogado. Es decir, 500 € menos de lo calculado en 2017. Por lo tanto, tienes que registrar este valor como ingreso en la columna “haber”. Para ello, debes tomar el registro contable “795 Ingresos por la reducción de las pro­vi­sio­nes”. Así, las ganancias de tu empresa tendrán un in­cre­me­n­to final de 500 €. 

Por favor, ten en cuenta el aviso legal relativo a este artículo.

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