Pese al desacuerdo masivo y las protestas, el Parlamento Europeo ha aprobado el 26 de marzo de 2019 la entrada en vigor de la reforma de los Derechos de autor. Poco antes, los contrarios a la reforma intentaron en vano influir en la opinión de los parlamentarios por medio de acciones públicas de protesta en las que se reunieron en múltiples manifestaciones repartidas por todo el territorio europeo durante el fin de semana anterior a las votaciones, que finalmente resultaron en 384 votos a favor, 274 en contra y 36 abstenciones.
Con este resultado, también se aprueba el polémico artículo 17, dedicado al filtrado de contenido y que aún se conoce por su antigua denominación como artículo 13. Si bien la directiva no prescribe de forma explícita la aplicación de estos filtros automáticos, en la realidad las formulaciones no dejan mucho margen a otras opciones. En ella se exige que los gestores de las plataformas comprueben, antes de publicar cualquier contenido de vídeo, música o texto, si infringe los Derechos de autor. Si a partir de ahora no lo hacen, se convierten en responsables de las infracciones. Lo que sería practicable en plataformas manejables a mano, es completamente utópico en plataformas de la envergadura de YouTube.
Eso sí, la directiva admite una exención para enciclopedias digitales, Wikipedia a la cabeza, u otras ofertas de orientación educativa, plataformas para el desarrollo de software de código abierto y servicios con menos de tres años de vigencia o con un volumen de negocio anual por debajo de los diez millones de euros.
Queda por ver cuál será la estrategia de grandes proveedores como Google o Facebook. Formalmente la reforma aún ha de aprobarse en el Consejo Europeo, aunque no se esperan sorpresas, dado que se trata de un puro formalismo legal. La cita tendrá lugar a comienzos de abril. Después deberá aplicarse en los Derechos nacionales. Los Estados miembro de la UE tendrán dos años de plazo para asumir la reforma en su propia legislación.