El exministro de asuntos exteriores estadounidense John Kerry aseguró en 2016 la creación de la figura de un Defensor del Pueblo, un mecanismo de mediación dentro del Departamento de Estado pero independiente de las agencias de seguridad nacionales al que los ciudadanos europeos podrían dirigirse en el caso de denuncias o consultas. Esta figura, ya conocida en Europa (Ombudsman) y Latinoamérica, ha de ocuparse de las peticiones de los particulares, haciendo un seguimiento de sus consultas e informando de si se produjo una infracción de la legalidad vigente o no.
Los ciudadanos europeos contarían, además, con diversas opciones de recurso legal. En caso de disputa, las empresas implicadas han de responder a la causa presentada por el usuario y resolverla en un plazo de 45 días. A este efecto ambas partes dispondrían de un sistema extrajudicial gratuito de resolución de conflictos, pero también habría otro procedimiento de arbitraje alternativo. Todos los ciudadanos europeos podrán dirigirse también a sus respectivos organismos nacionales de protección de datos, los cuales impulsarían la investigación de las causas no resueltas en colaboración con la Comisión Federal de Comercio (FTC) estadounidense. Si no se llegara a ninguna resolución del conflicto por una de las dos vías, se podría aún recurrir en última instancia a un mecanismo de arbitraje adicional con una solución jurídica ejecutable. Las empresas podrían comprometerse a actuar según las recomendaciones asesoradas por las autoridades de protección de datos europeas. Para las empresas que trabajan con datos en materia de recursos humanos, esto es obligatorio.
El ejecutivo estadounidense se comprometió, asimismo, a hacer un seguimiento anual del funcionamiento del escudo de privacidad y del acceso a los datos por parte de las agencias de seguridad. Este seguimiento sería llevado a cabo en conjunto por la Comisión Europea y el Departamento de Comercio de los Estados Unidos con la inclusión de expertos nacionales. En una cumbre planificada anualmente se discutirían las últimas novedades en el derecho norteamericano en materia de protección de datos y sus consecuencias para los ciudadanos de la Unión Europea, a lo que ha de seguir un informe accesible públicamente dirigido al Parlamento Europeo y al Consejo.
El acuerdo establece los seis ámbitos en los cuales se permite la vigilancia masiva y la recolección de datos privados de forma legal, aunque las delimitaciones entre ellos están sujetas a interpretación:
- la lucha contra el terrorismo
- la revelación de actividades de potencias extranjeras
- la lucha contra la distribución de armas de destrucción masiva
- la ciberseguridad
- la protección de las fuerzas armadas estadounidenses y aliadas
- la lucha contra amenazas criminales trasnacionales