Apartado 2. Identificación. Este apartado se divide en dos, en función de si el alta lo realiza una persona física (A) o jurídica (B).
- Alta de persona física: habrá que indicar todos los datos de identificación que la Agencia Tributaria requiere, ya se trate de una persona física residente o no residente en España. Deberán en ambos casos aportar el domicilio fiscal junto al domicilio a efectos de notificaciones y el de gestión administrativa si estos últimos no coinciden con el primero.
- Alta de persona jurídica y entidades: en su caso, también deberá identificarse toda persona jurídica, independientemente del lugar de residencia (ya sea dentro o fuera del territorio español), aportando, asimismo, el domicilio fiscal junto al domicilio a efectos de notificaciones y el social siempre que difieran del primero.
Apartado 3. Representantes. Esta figura se entiende como una persona que actúa en nombre de la empresa. Ya sea por obligación legal o de forma voluntaria, la empresa puede nombrar a uno o varios representantes, que a su vez pueden ser personas físicas o jurídicas. Sea como fuere, en la declaración censal hay que indicar la existencia de tal figura, indicando la causa de presentación (legal, voluntaria o clave), su identificación (NIF, apellidos o razón social, residente o no en el territorio) y su domicilio.
Apartado 4. Declaración de actividades económicas o locales. Además del lugar donde se va a llevar a cabo la nueva actividad, se ha de indicar también si se trata de una actividad empresarial, profesional o artística. Esto último puede determinar el régimen de tributación del IVA o del IRPF.
En el formulario se ha de especificar el nombre de la actividad, el grupo, epígrafe y sección del IAE (impuesto sobre actividades económicas), el tipo de actividad y el código. Además hay que indicar el lugar en el que se va a llevar a cabo la actividad.
Apartado 5. Sujeto pasivo gran empresa y administraciones públicas. Apartado no relevante en el alta, solo se completa como modificación cuando una empresa ya creada pasa a considerarse gran empresa.
Apartado 6. Impuesto sobre el valor añadido.En este apartado el declarante tendrá que indicar el régimen de tributación y el momento en el que se inicia la actividad – en la casilla 501 deberá indicar si está exento o no del impuesto. Asimismo, también hay que informar a la Agencia Tributaria de si se va a optar por la declaración mensual (579) o se van a realizar actividades en el ámbito intracomunitario (582).
Apartado 7. Impuesto sobre la renta e impuesto sobre sociedades. En este caso, la persona física, que tiene la obligación de tributar con el IRPF, indicará su obligación de realizar las liquidaciones periódicas del impuesto, así como el régimen de tributación al que se acoge. En el caso del impuesto de sociedades se indica, además del alta en el impuesto y la fecha del inicio de la actividad, la fecha de cierre del ejercicio así como la obligación de realizar pagos fraccionados. Asimismo, en caso de estar exento, hay que indicar a qué artículo de la ley corresponde dicha exención.
Por último, cabe la posibilidad de que el declarante no sea residente en España, en cuyo caso deberá completar la información relativa al impuesto sobre la renta de no residentes.
Apartado 8. Régimen fiscal especial. De carácter voluntario, pueden utilizarlo las entidades sin fines lucrativos.
Apartado 9. Retenciones e ingresos a cuenta. Si se está obligado a realizar retenciones o ingresos a cuenta, no importa de la naturaleza que sea (rendimientos de actividades profesionales, rendimientos procedentes de arrendamientos, etc.), habrá también que seleccionar el alta en este apartado e indicar la fecha de inicio de la actividad.
Apartado 10. Otros impuestos. En este apartado se incluyen los impuestos especiales, los impuestos sobre las primas de seguros y los impuestos medioambientales. Si la persona física o jurídica también está sujeta a impuestos especiales, así tendrá que indicarlo en el modelo 036, dándose de alta e indicando la fecha de inicio de la actividad.
Apartado 11. Regímenes especiales comercio intracomunitario. Este apartado tendrán que cumplimentarlo aquellos declarantes que vayan a realizar ventas a distancia o no estén sujetos al artículo 14 de la Ley del IVA.
Apartado 12. Relación de socios, miembros o partícipes. Debe ser cumplimentado por las personas jurídicas y entidades que tributan por el impuesto de sociedades.
Antes de presentar el documento, el declarante tendrá que firmarlo indicando también la fecha y el lugar.