En las Islas Canarias el equivalente al IVA peninsular es el Impuesto General Indirecto Canario (más conocido como IGIC) y difiere en los tipos impositivos: un 7 % en el tipo general en lugar del 21 peninsular, un tipo reducido al 3 %, los incrementados (9,5 y 13,5 %) para la importación de bienes (arts. 55 y 56, Ley 4/2012, de 25 de junio) y los especiales para labores relacionadas con el tabaco al 20 % y el 35 %. El tipo del 0 % se mantiene para los productos de primera necesidad y se aplica a un mayor número de bienes. En el art. 52 de la Ley 4/2012, de 25 de junio, encuentras un listado exhaustivo de exenciones.
La importación y la entrega de objetos artísticos (cuadros, esculturas, etc.) por parte de sus autores o los empresarios autorizados a su venta que no son revendedores están sujetas al tipo reducido del 10 % desde la reforma de la Ley del IVA por Real Decreto Ley 1/2014, de 24 de enero. En consecuencia, los galeristas de arte, los anticuarios y los organizadores de subastas, en categoría de revendedores, comprarían una obra de creación a un artista al 10 % y tendrían que revenderla sujeta a un 21 %.
El tipo impositivo aplicable a los gastos de envío y transporte es origen de mucha confusión entre los autónomos y en general la regla básica es: el tipo aplicable depende de la mercancía que se manda. Si el contenido del paquete se grava a un 21 % de tipo general, los gastos de envío también. La excepción se da en el caso que una empresa entregue mercancías a un cliente a través de un proveedor. Si el transporte va a cargo del cliente, entonces se considera un suplido –es decir, que van en nombre y por cuenta de un cliente y su importe se le cobrará después– y, como tal, está exento de carga fiscal en los gastos de envío.
Si bien los tipos impositivos vigentes en España se han visto incrementados en los últimos años, aún se enmarcan en un término medio europeo, flanqueados por países con unos tipos de IVA más bajos como Luxemburgo (entre un 3 y un 17 %) o Alemania (entre un 7 y un 19 %) y otros con unos tipos más elevados como Dinamarca, con un tipo único al 25 %, o Hungría (5, 18 y 27 %).