Tras la disolución de la sociedad se abre el periodo de liquidación, un proceso cuya finalidadesel reparto entre los socios del patrimonio resultante, después de que los créditos pendientes hayan sido cobrados y de que se hayan satisfecho las deudas sociales.
La liquidación es un procedimiento que entraña operaciones materiales y jurídicas encaminadas a la extinción de la sociedad; también consiste en un estado jurídico en el que la sociedad está sujeta a un régimen especial. Por eso, durante este periodo de tiempo, deberá añadir a su denominación la expresión “en liquidación”.
Como ya mencionamos anteriormente, tras la disolución los administradores cesan en sus cargos automáticamente y son sustituidos por los liquidadores, que asumen las funciones gestoras -referidas al orden interno de la sociedad y representativas, es decir, que afectan al funcionamiento externo de la sociedad. En concreto, las funciones de los liquidadores son:
- Formular un inventarioy un balance de la sociedad con referencia al día en que se hubiera disuelto. Para ello, dispondrán de un plazo de tres meses a contar desde la fecha de apertura de la liquidación.
- Cobrar los créditos y pagar las deudas sociales.
- Concluir las operaciones pendientes y realizar las nuevas que sean necesarias para la liquidación de la sociedad.
- Llevar la contabilidad de la sociedad, así como llevar y custodiar los libros, su documentación y correspondencia.
- Enajenar los bienes sociales.