Los presupuestos de ventas son documentos comerciales sin validez legal puesto que su fin principal es el de la información. Con todo, dado que es el primer documento que regulará la prestación del servicio y se convertirá en contrato una vez aceptado y firmado por el cliente, conviene poner sumo cuidado en su elaboración. Y si bien no es vinculante, el empresario se compromete, entregándolo al cliente, a cumplir las condiciones detalladas durante el plazo de validez indicado (si no se indica ningún plazo de validez, se entiende que las condiciones relatadas tienen validez infinita y un cliente puede reivindicarlas en cualquier momento). La Ley no establece ningún plazo de validez, pero suele ser de siete, diez, treinta o noventa días.
Una vez aceptado, verbalmente o por escrito, el presupuesto se convierte en un contrato vinculante ejecutable según las condiciones que se han explicitado en él. La aceptación verbal es legalmente vinculante, pero muchas empresas prefieren tener constancia por escrito puesto que es más fácil de probar en caso de conflicto.
Es importante tener en cuenta que, una vez aceptado, un presupuesto compromete a ambas partes: al contratante a permitir su ejecución y abonar lo acordado, y al contratista a ejecutarlo en función de lo acordado. Muchas empresas incluyen una cláusula que les da un poco más de margen de maniobra en caso de que el tiempo de ejecución se extienda por causas ajenas al cliente. En estos casos, esta adición al contrato justifica el precio por día concluido el plazo inicial. También se ha de acordar la ejecución de obras imprevistas que supongan un mayor gasto. El contratante siempre tiene la última palabra. Si acepta, el acuerdo se añade al contrato original.
Es importante mencionar el derecho de desistimiento que asiste al cliente en caso de querer cancelar el contrato durante los primeros siete días (art. 71.1, LGDCU). Descrito en los artículos 69-79 de la Ley, el contratante no tiene la obligación de aducir ningún motivo por la interrupción o cancelación del contrato.
Por favor, ten en cuenta el aviso legal relativo a este artículo.